Condiciones generales de contratación EE.UU. - Contrato

Frank Recruitment Group Inc. dba Grupo Décima Revolución (“TRG”) Condiciones generales de contratación (“STCs”)

Última modificación: abril, 2025

Las presentes Condiciones Generales de Contratación se aplicarán a la Orden de Pedido de Contratación (“Orden de Pedido").“Formulario de pedido”) suscrita entre TRG y el Cliente identificado en la Orden de Pedido debidamente cumplimentada, incluidos los anexos incorporados a la misma mediante enlace o referencia. Para evitar cualquier duda, las referencias al “Formulario de Pedido” incluirán las presentes Condiciones Generales de Contratación y cualquier Anexo de Cesión suscrito por las Partes (colectivamente, las “Condiciones Generales de Contratación").“Acuerdo”). Salvo modificación y acuerdo mutuo por escrito de las Partes, el orden de gobierno es el siguiente: (a) el Programa de Cesión completamente ejecutado, (b) las presentes CEC, y (c) la Orden de Pedido.

Salvo que se definan de otro modo en el presente documento, todos los términos utilizados en mayúsculas tendrán el significado que se les atribuye en la Orden de Pedido.

1. ALCANCE

a. TRG se dedica al negocio de los servicios de contratación y remisión, tal como se establece específicamente a continuación (“Servicios de contratación”) y el Cliente desea contratar a TRG para la prestación de Servicios de Contratación.

b. TRG remitirá a los Contratistas que razonablemente cumplan o superen los requisitos de búsqueda y preselección del Cliente. Se considerará que se ha producido una remisión en el momento en que TRG facilite al Cliente cualquier información identificativa sobre un Contratista (un “Remisión” o “Consulte“).

c. El Cliente es responsable de: determinar los requisitos de la Cesión; entrevistar, probar y seleccionar al Contratista para una Cesión; controlar y supervisar de cerca al Contratista; limitar el acceso del Contratista a los datos, la red y los sistemas del Cliente o de los Clientes del Cliente (definidos a continuación) (“Sistemas”) de forma que el Contratista solo tenga acceso a los Sistemas necesarios para la Cesión; impedir que el Contratista utilice dispositivos, métodos o herramientas no autorizados para acceder a los Sistemas; aplicar salvaguardas administrativas, técnicas y de procedimiento razonables para proteger la seguridad de los Sistemas; garantizar el estado y la seguridad del lugar de trabajo del Cliente o del Cliente del Cliente (si lo hubiera); y cumplir, y hacer que el Cliente del Cliente (si lo hubiera) cumpla, todas las leyes y normativas aplicables al Contratista y/o a la Cesión, incluidas, entre otras, las leyes sobre salarios, acoso laboral y discriminación en el lugar de trabajo. “Cliente del cliente”se refiere a una persona o entidad (distinta del Cliente), en su caso, que está en contacto con el Contratista durante la Cesión con el fin de recibir o beneficiarse de otro modo de los Servicios de Tiempo y Materiales prestados por dicho Contratista.

d. Nada de lo aquí estipulado se interpretará como la creación de una relación empleador-empleado entre cualquiera de las Partes y cualquier Contratista. Las Partes acuerdan que el Contratista controlará los métodos y medios de ejecución de los Servicios de Tiempo y Materiales y tendrá derecho a realizar servicios similares para otras partes.

2. INCORPORACIÓN DEL CONTRATISTA

a. TRG podrá Remitir Contratistas al Cliente para que éste considere su selección como Contratista para una Cesión concreta. Si el Cliente selecciona a un Proveedor, para una Cesión, las Partes completarán y ejecutarán un Calendario de asignación de proveedores.

b. El Cliente reembolsará directamente al Proveedor los Gastos (definidos a continuación). TRG no tendrá ninguna responsabilidad u obligación por cualquier póliza de gastos del Cliente que TRG no haya revisado. “Gastos”son los gastos de bolsillo, si los hubiere, incurridos por TRG en la realización de los Servicios de Contratación y por el Contratista en la realización de los Servicios de Tiempo y Materiales, incluyendo, sin limitación, viajes, alojamiento y comidas.

c. TRG podrá Remitir Contratistas que sean, o si son seleccionados por el Cliente para una Asignación, puedan convertirse en empleados W-2 de la filial de propiedad absoluta de TRG, Frank Recruitment Group Services Inc. (“FRGS”) estrictamente a efectos de empleo y nómina (el “Empleado de FRGS”). Si el Cliente selecciona a un Empleado de FRGS para una Cesión, las Partes completarán y ejecutarán una Horario de asignación de los empleados de FRGS. Mediante la firma de un Programa de Asignación de Empleados de FRGS, el Cliente acepta, además de estos Términos y Condiciones Estándar y los Política de gastos de los empleados de FRGS, incorporados al presente por esta referencia. Todas las referencias al “Programa de Asignación” en este documento significarán un Programa de Asignación del Proveedor y un Programa de Asignación del Empleado de FRGS, según corresponda.

3. PRIVACIDAD DE LOS DATOS, CONFIDENCIALIDAD, IP

a. Definiciones:

i. Los términos “Datos personales”, “Información personal, “Controlador de datos”, “Proveedor de servicios,” “Categorías especiales de datos personales”, “Información personal sensible” y “proceso/Procesador/procesamiento” (y sus derivados) utilizados en esta Sección tendrán el significado que se les da en las Leyes de Privacidad de Datos aplicables“.“

ii. Legislación sobre protección de datos” se refiere a las leyes de privacidad de datos cuando sean aplicables en todo el mundo, incluidos, entre otros, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos) y la Ley de Privacidad del Consumidor de California de 2018, en su versión modificada.

b. Las Partes reconocen que, a efectos de la Legislación sobre Protección de Datos, cada Parte será considerada Responsable del Tratamiento de los Datos Personales tratados en relación con el presente Contrato. Las Partes reconocen y acuerdan que el Proveedor/Contratista será un “Encargado del tratamiento” o un “Proveedor de servicios”. Cada una de las Partes cumplirá con sus obligaciones en virtud de las Leyes de Privacidad de Datos. El Cliente confirma que la información suministrada a TRG puede ser utilizada con fines de contratación en virtud de la Ley de Protección de Datos, y que TRG puede anunciar vacantes en nombre del Cliente. El Cliente no transferirá, ni permitirá que ninguno de sus clientes (i) transfiera Categorías Especiales de Datos Personales o Datos Personales Sensibles a TRG, al Proveedor o al Contratista, a menos que (a) lo notifique previamente por escrito a TRG y (b) las obligaciones de las Partes relacionadas con dicha transferencia se describan en cláusulas de protección de datos suscritas por las Partes, o (ii) ’venda“, transfiera o divulgue los ”Datos Personales“ o los ”Datos Personales Sensibles“ que reciba de TRG, el Proveedor o el Contratista. En ningún caso TRG será responsable del cumplimiento o incumplimiento de las leyes de protección de datos por parte de un Proveedor o Contratista.

c. El Cliente tendrá acceso y/o adquirirá cierta información confidencial sobre TRG, el Contratista y el Proveedor, incluyendo información personal identificable del Contratista, referencias y currículos (“Información confidencial”). El Cliente sólo utilizará la Información Confidencial con el único fin de realizar negocios con TRG y no podrá facilitarla a terceros sin el consentimiento previo por escrito de TRG. El Cliente adoptará todas las medidas razonables para proteger la Información Confidencial contra la divulgación, el acceso, la alteración o la eliminación no autorizados. En caso de que se produzca cualquiera de los hechos mencionados, el Cliente lo notificará inmediatamente a TRG por escrito. Si el Cliente requiere que el Contratista celebre un acuerdo de confidencialidad, protección de datos o propiedad intelectual específico para las necesidades del Cliente (o del Cliente, en su caso), el Cliente proporcionará dicho(s) acuerdo(s) directamente a TRG para su revisión antes del inicio de la Cesión. TRG no tendrá ninguna responsabilidad u obligación (legal o contractual) en virtud de ningún acuerdo celebrado directamente entre el Cliente y el Contratista. Ningún Contratista está facultado para vincular u obligar a TRG o FRGS mediante la firma de cualquier documento descrito en este párrafo.

4. HOJAS DE HORAS Y FACTURACIÓN

a. TRG proporcionará al Cliente y al Contratista acceso a su portal de hojas de horas en línea, donde el Contratista presentará las hojas de horas semanales.

b. El Cliente aprobará o Impugnará una hoja de horas basándose únicamente en la exactitud del número total de horas indicadas en la hoja de horas y no en la calidad, puntualidad, integridad o cualquier otro aspecto de los Servicios de Tiempo y Materiales o de las acciones del Contratista. El Cliente declara y garantiza que cualquier empleado, agente o representante del Cliente o del Cliente del Cliente que apruebe la totalidad o parte de las horas de una hoja de horas está autorizado y cualificado para hacerlo y que dicha aprobación es vinculante para el Cliente a todos los efectos. El Cliente sólo podrá rechazar un parte de horas si aporta pruebas objetivas a TRG de que el número de horas que figura en el parte de horas es un error administrativo o, de hecho, no fueron trabajadas por el Contratista (en ambos casos, un “Contencioso”). El Cliente dispone de (i) veintiún (21) días a partir de la presentación de una hoja de horas del Contratista o (ii) cinco (5) días hábiles a partir de la presentación de una hoja de horas del Empleado de FRGS para informar a TRG de una Disputa. Si el Cliente no informa a TRG de una Disputa dentro de los plazos anteriormente mencionados, entonces (A) se considerará que el Cliente ha liberado y renunciado a su derecho de presentar una Disputa con respecto a dicha hoja de horas y (B) TRG aprobará automáticamente dicha hoja de horas y dicha aprobación automática será vinculante para el Cliente a todos los efectos.

c. El Cliente notificará a TRG por escrito o por correo electrónico antes de añadir, eliminar o cambiar el alcance, las horas, los servicios y/o las responsabilidades establecidos en un Programa de Cesión y no realizará dichos cambios, incluida la ampliación de una Cesión, sin la notificación y el consentimiento previos por escrito de TRG. Excepto en el caso de que el Cliente haya convertido (tal y como se define más adelante) al Contratista a un empleo a tiempo completo y haya proporcionado a TRG una carta de oferta completamente ejecutada confirmando los términos de dicho empleo, todos los Servicios de Tiempo y Materiales u otros servicios prestados por el Contratista fuera del ámbito del Programa de Cesión en beneficio del Cliente, los Clientes del Cliente o sus respectivas filiales serán pagaderos por el Cliente de conformidad con el presente Contrato.

d. El Cliente deberá satisfacer los siguientes requisitos mínimos para cada Calendario de Asignación:

(i) El Cliente pagará un número mínimo de horas semanales por cada Asignación (“Horas semanales mínimas”) según lo establecido en el Calendario de Asignación aplicable. TRG facturará al Cliente las Horas Semanales Mínimas, si las hubiere, a la Tarifa de Facturación establecida en el Calendario de Asignación aplicable, y el Cliente pagará a TRG al menos las Horas Semanales Mínimas en todos los casos excepto cuando (1) el Contratista no esté disponible (por enfermedad, festivo o vacaciones) para realizar las Horas Semanales Mínimas y no consiga alcanzar dichas Horas Semanales Mínimas durante dicha semana y (2) el Cliente notifique previamente por escrito a TRG la no disponibilidad del Contratista; y

(ii) El Cliente pagará una cuota mínima mensual (“Gasto mínimo mensual”) según lo establecido en el Calendario de Asignación aplicable para cada mes natural completo en el que el Contratista preste Servicios de Tiempo y Materiales (“Mes de trabajo”). Si los Honorarios Contractuales (definidos a continuación) para el Mes de Trabajo (“Cuotas mensuales del contrato”) sea inferior al Gasto Mínimo Mensual, TRG (a) calculará la diferencia entre el Gasto Mínimo Mensual y las Cuotas Mensuales del Contrato y (b) facturará al Cliente dicha diferencia.

El Cliente abonará todas las facturas que TRG emita en virtud de la presente Sección en su totalidad y en un plazo de siete (7) días a partir de la fecha de dicha factura.

e. TRG facturará al Cliente semanalmente todos los Honorarios contractuales aplicables (definidos a continuación) reflejados en una hoja de horas aprobada por el Cliente o autoaprobada por TRG. TRG se reserva el derecho de ajustar anualmente sus Honorarios Contractuales en función de la inflación. Salvo que se especifique lo contrario en el Calendario de Asignación, todas las tarifas excluyen los impuestos sobre las ventas y cualquier otro impuesto aplicable. En su caso, las facturas de TRG podrán incluir impuestos, intereses y Gastos. El Cliente pagará cada factura en su totalidad, sin compensación ni reconvención, en un plazo de siete (7) días a partir de la fecha de la factura de TRG. El Cliente pagará todos los Honorarios Contractuales y otras cantidades adeudadas mediante fondos electrónicos. “Tasas contractuales”se componen de la “Tasa de Facturación”, la “Tasa de Horas Extra” (si la hubiera) y la “Tasa de Viaje” (si la hubiera) (todas ellas incluyendo el margen de TRG) tal y como se establece en el Calendario de Asignación y las Comisiones de Conversión (si las hubiera).

f. Si TRG recurre a un tercero con el fin de cobrar los importes adeudados en virtud del presente contrato o de hacer valer sus derechos en virtud del mismo, el Cliente deberá pagar o reembolsar a TRG todos los costes y gastos, incluidos, entre otros, los honorarios y costes de los abogados.

5. CONVERSIÓN

a. Definiciones:

i. “Conversión”, “Convertido” o “Convertidos” significa, durante el Período de Restricción (definido a continuación), el empleo a tiempo completo o parcial, la contratación, la consultoría u otro acuerdo similar con un Contratista (sin el consentimiento por escrito de TRG).

ii. “Comisión de Conversión” es un honorario único, no reembolsable, calculado según lo establecido a continuación o según lo acordado mutuamente por escrito por las Partes para un Contratista en particular bajo los “Términos Especiales” del Programa de Cesión del Contratista.

iii. “Período de restricción” se refiere a un período de 12 meses a partir de la terminación o finalización del Programa de Trabajo en virtud del cual se suministró por última vez al Contratista o dentro de los 12 meses siguientes a la última Remisión del Contratista por parte de TRG al Cliente, el que sea más largo.

iv. “Compensación total”.” es la remuneración ofrecida a un Contratista en el momento de la Conversión, incluyendo, sin limitación, las tarifas horarias (multiplicadas por 40 horas semanales durante 52 semanas) o el salario.

b. Si el Cliente convierte a un Contratista en un empleado a tiempo completo (programado para trabajar 40 horas o más a la semana), el Cliente pagará a TRG una Comisión de Conversión calculada como un porcentaje de la Remuneración Total, tal y como se establece en la Orden de Pedido o en el Calendario de Asignación, según corresponda.

c. Si el Cliente convierte a un Contratista a un empleo a tiempo parcial o como contratista u otro acuerdo similar, el Honorario de Conversión será (a) la tarifa de facturación establecida en el Programa de Asignación aplicable al Contratista multiplicada por 500 (es decir, aproximadamente 3 meses de trabajo) o (b) si el Cliente y TRG no han ejecutado un Programa de Asignación aplicable al Contratista, la cantidad o tarifa real por hora que el Cliente pagará o ha pagado al Contratista por los servicios, multiplicada por 500.

d. El Cliente adeudará a TRG la Comisión de Conversión si la filial o subsidiaria del Cliente convierte al Contratista como si el propio Cliente hubiera convertido al Contratista.

e. “Contratista” y “Conversión” incluyen expresamente cualquier entidad comercial en la que el Contratista, directa o indirectamente, posea un interés financiero, que haya contratado al Contratista en virtud de un acuerdo de contratación, consultoría u otro acuerdo similar, o que emplee al Contratista.

f. El pago por parte del Cliente de una Comisión de Conversión a TRG a cuenta de un Contratista concreto no limitará, eliminará ni afectará a la obligación del Cliente de pagar todas las Comisiones Contractuales y cantidades adeudadas a TRG en virtud del presente Contrato, incluidas las horas trabajadas por el Contratista hasta la fecha en que el Contratista comenzó su relación laboral (u otro acuerdo) con el Cliente. Si el Cliente no paga puntualmente la factura de TRG correspondiente a la Conversión, el Cliente acepta que (1) todo el tiempo trabajado por el Contratista en beneficio del Cliente desde el último día cubierto por una factura de TRG fue de hecho Servicios de Tiempo y Materiales, (2) el Cliente ha aprobado todas las horas trabajadas que se refieren a dichos Servicios de Tiempo y Materiales, (4) el Cliente pagará a TRG todos los Honorarios Contractuales devengados durante dicho periodo de tiempo y mientras el Cliente reciba Servicios de Tiempo y Materiales del Contratista según lo dispuesto en el presente documento.

6. TERMINACIÓN

a. El Cliente notificará de inmediato a TRG si recibe u obtiene de otro modo información que le dé motivos razonables para creer que un Contratista no es apto para una Cesión. Si el Cliente desea retirar a un Contratista de una Cesión, el Cliente podrá:

i. Retirar a un Contratista con Causa. Si el Cliente cree razonablemente que las horas del Contratista son fraudulentas (“Causa”), el Cliente lo notificará inmediatamente a TRG y TRG se pondrá en contacto con el Cliente para tratar la eliminación de dicho Contratista de la Cesión. Si el Cliente opta por retirar a dicho Contratista de la Cesión con Causa, entonces el Cliente no pagará a TRG ninguna penalización o tarifa por dicha retirada.

ii. Retirar a un Contratista sin Causa. El Cliente podrá solicitar la destitución de un Contratista sin Causa en cualquier momento antes de la fecha de finalización de la Cesión. El Cliente notificará por escrito a TRG dicha rescisión y abonará a TRG un pago único por el período de preaviso igual a las horas previstas por semana multiplicadas por la Tarifa de Facturación aplicable y el período de preaviso establecido en el Calendario de la Cesión .

b. TRG podrá rescindir un Programa de Cesión y/o el presente Contrato mediante notificación por escrito en cualquier momento si el Cliente incumple sus obligaciones en virtud del presente Contrato. El Cliente pagará a TRG todas las horas trabajadas por el Contratista hasta la fecha efectiva de rescisión del Programa de cesión, independientemente del motivo de dicha rescisión, a menos que sea objeto de una Disputa.

c. Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario contenida en el presente documento y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso en virtud del presente documento o en derecho o en equidad, TRG podrá suspender o detener la prestación de los Servicios de Contratación o los Servicios de Tiempo y Materiales hasta que todas las facturas pendientes sean pagadas en su totalidad o hasta que cualquier incumplimiento del presente Contrato por parte del Cliente sea subsanado a satisfacción razonable de TRG.

7. INDEMNIZACIÓN, EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS, LIMITACIONES MUTUAS DE RESPONSABILIDAD, LIMITACIÓN MUTUA DE DAÑOS Y PERJUICIOS

a. Cada Parte indemnizará, defenderá y mantendrá indemne a la otra Parte de la responsabilidad frente a terceros directamente relacionada con cualquier reclamación, demanda, investigación, sentencia, daños, multas, costes y gastos (colectivamente, una “Reclamación”) derivados de negligencia grave, dolo, fraude o infracción de la legislación aplicable de la Parte indemnizadora, excepto en la medida en que la Reclamación se derive de cualquier acto u omisión de la otra Parte o de sus clientes, o de sus respectivos empleados, agentes, contratistas o subcontratistas. La obligación del Cliente de indemnizar en virtud del presente se aplicará igualmente a FRGS, en su caso, salvo en la medida en que la Reclamación se derive de cualquier acto u omisión de FRGS.

b. Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario en este documento, y en la máxima medida permitida por la ley, TRG y FRGS renuncian a todas las garantías y representaciones con respecto a los Servicios de Contratación y los Servicios de Tiempo y Materiales, incluyendo, sin limitación, cualquier garantía de comerciabilidad, idoneidad para un propósito particular, puntualidad, integridad o la consecución de cualquier entregable particular, resultado, funcionalidad o capacidad.

c. Salvo en la medida directamente atribuible a negligencia grave, dolo o fraude de TRG o FRGS, ni TRG ni FRGS aceptan o tienen responsabilidad alguna por cualquier pérdida, gasto, daño, juicio, coste o retraso derivado de un Informe de Antecedentes o de los actos, omisiones, negligencia, deshonestidad, mala conducta o incapacidad de un Contratista o si un Contratista no proporciona, por cualquier motivo, los Servicios de Tiempo y Materiales durante toda la duración del Calendario de Asignación.

d. No obstante cualquier disposición en contrario contenida en el presente documento, y en la máxima medida permitida por la ley, (a) la responsabilidad total del Cliente, por una parte, y de TRG y FRGS, por otra, en conjunto, se limitará a las cantidades efectivamente pagadas o pagaderas por el Cliente a TRG en virtud del presente documento durante el período de seis (6) meses inmediatamente anterior a la ocurrencia del conjunto de hechos y circunstancias que dieron lugar por primera vez a la reclamación o reclamaciones en las que se basa dicha responsabilidad y (b) en ningún caso el Cliente, el Cliente, por una parte, y TRG o FRGS, por otra, serán responsables frente a la otra por cualesquiera daños indirectos, punitivos, especiales, ejemplares o consecuentes, aun cuando el Cliente, por una parte, y TRG o FRGS, por otra, conocieran o debieran haber conocido o hubieran sido advertidos de la posibilidad de tales daños o si tales daños fueran previsibles.

e. En la medida en que el Cliente no reciba ningún Servicio de Tiempo y Materiales de un Empleado de FRGS, el Cliente acepta que FRGS no tiene ninguna responsabilidad u obligación con el Cliente en ningún aspecto.

8. DERECHO APLICABLE

El presente Acuerdo está sujeto y se rige por las leyes del estado de Florida, sin tener en cuenta sus conflictos de principios legales. Las Partes presentarán o interpondrán todas las disputas, procedimientos, reclamaciones y acciones que surjan de, o estén relacionadas de alguna manera con, este Acuerdo en los tribunales federales o estatales ubicados en (a) el condado de Hillsborough, Florida o (b) el condado del lugar principal de negocios o domicilio legal del Cliente. Por la presente, cada una de las Partes renuncia a cualquier derecho que tenga a un juicio con jurado.

9. VARIOS

Aceptación. El presente Contrato se considerará aceptado y acordado por el Cliente en el momento en que se produzca el primero de los siguientes hechos: (a) Ejecución de este Contrato por parte del Cliente, (b) Inicio de una Cesión por parte del Contratista; o (c) Conversión de un Contratista. Contrapartes. El presente Acuerdo podrá firmarse por duplicado, y las firmas por fax y PDF se considerarán originales de la firma de la Parte respectiva. Tercero beneficiario. FRGS se nombra expresamente como tercero beneficiario cuando se hace referencia a FRGS en el presente documento. Encuadernación Efecto. El presente Acuerdo es vinculante para ambas Partes y sus sucesores y cesionarios autorizados. Supervivencia. Los derechos y obligaciones de cada una de las Partes que, por su naturaleza, sobrevivan a la terminación o expiración de este Acuerdo, también lo harán. Asignación. Ninguna de las Partes podrá ceder el presente Acuerdo, o parte del mismo, a ninguna otra persona o entidad sin el consentimiento previo por escrito de la otra Parte, y cualquier intento de cesión del presente Acuerdo o parte del mismo que infrinja este subapartado será nulo y sin efecto, si bien una Parte podrá ceder el presente Acuerdo sin el consentimiento de la otra Parte a cualquier comprador de todos o prácticamente todos sus activos (en una transacción o en una serie de transacciones relacionadas) o a cualquier comprador de al menos el 51% de sus acciones con derecho a voto. Renuncia. Ninguna renuncia por parte de TRG de cualquier incumplimiento de este Acuerdo se considerará una renuncia de cualquier otra condición o disposición o de la misma condición o disposición en otro momento. Enmienda. TRG se reserva el derecho de modificar o alterar el presente Contrato sin autorización escrita del Cliente. Las prórrogas o renovaciones de cualquier Programa de Cesión o Anexo del presente Contrato serán vinculantes para las Partes sin necesidad de un escrito firmado si ninguna de las Partes informa a la otra de una objeción a dicha prórroga o renovación dentro del plazo establecido en la documentación relacionada con dicha prórroga o renovación. Conformidad. El Cliente declara que ni él ni sus empleados, directivos u otros representantes figuran en la lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas que actualiza periódicamente la Oficina de Control de Activos Extranjeros (“OFAC”) del Departamento del Tesoro, o que están restringidos para hacer negocios en virtud del presente contrato por cualquier otra sanción o acción gubernamental. El Cliente notificará por escrito a TRG si la declaración anterior deja de ser cierta por cualquier motivo. Las Partes cumplirán las leyes y reglamentos sobre igualdad de oportunidades y contratación pública, incluyendo 41 CFR §§ 60-1.4(a), 60-300.5(a) y 60-741.5(a), si procede. Ninguna de las Partes, ni sus empleados, darán, ofrecerán o recibirán ningún soborno o regalo a la otra Parte por encima de un valor de minimis teniendo en cuenta las circunstancias. Acuerdo completo. El presente Contrato y cualquier Anexo de Cesión firmado, así como los anexos y documentos relacionados, constituyen en su conjunto el acuerdo y entendimiento íntegro entre las Partes y sustituyen a todos los contratos, acuerdos, negociaciones, declaraciones, promesas y discusiones anteriores, así como a cualquier comunicación oral o escrita entre las Partes, en relación con el objeto del presente Contrato.

Firmado por TRG:

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Date: _________________________

Nombre: ________________________

Título __________________________

Firmado por el cliente:

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Date: _________________________

Nombre: ________________________

Título __________________________

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